Durante la última semana, he leido una serie de barbaridades en la Blogsfera sobre el caso Madeleine.
En todos los casos, el error viene provocado por una mala traducción del término “argüido” del portugués al español.
El “argüido” es una figura jurídica del derecho procesal portugués cuyo objetivo es dotar de garantías jurídicas (principalemente procesales) a una persona que está siendo investigada por la policia judicial.
En muchos medios de comunicación españoles se ha traducido este término, por “inculpado” o “acusado”, lo que ha inducido a muchos al error y nada mas lejos de la verdad.
Cuando la policía judicial declara “argüida” a una persona, simplemente se le está informado que está siendo investigada en relación a un delito, investigación que puede acabar en una acusación (o no), pero de ninguna manera significa que se les haya acusado o imputado algún delito.
Con referencia al caso “Madeleine”, hasta haber sido declarados “argüidos”, el matrimonio McCann declaraba ante la policía judicial en calidad de testigos, la gran diferencia es que sus declaraciones en calidad de testigos no pueden ser usadas para una acusación posterior.
Para que nos hagamos una idea de lo que significa ser declarado “argüido”, mientras que un “testigo” no se puede negar a declarar (bajo pena de ser acusado de obstrucción a la justicia), un ”argüido” si puede negarse. De igual forma, un ”argüido” puede solicitar la presencia de un abogado en sus declaraciones ante la policia judicial o el juez (cosa que un testigo no puede).
En definitiva, un “argüido” es simplemente una persona que está siendo investigada por la policía judicial, y se le da esta categoría para garantizar y proteger todos sus derechos dentro del ordenamiento jurídico portugués.